martes, 17 de febrero de 2009

Andá a quejarte a Magoya

“Andá a quejarte a Magoya”

El origen de la frase “anda a quejarte a Magoya” proviene de una curandera apodada Mamá Goya (Ma’ Goya), la que era visitada por muchas personas buscando curar sus enfermedades.
La figura del Defensor del pueblo, en la provincia de Formosa, fue instituida en la Cuarta Parte, Capítulo V, Art. 150 de la Constitución Provincial: “Habrá un Defensor del Pueblo, a quien corresponde la defensa de los derechos colectivos o difusos, frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Publica Provincia, la supervisión de la eficacia en la prestación de los servicios públicos y el control en la aplicación de las leyes y demás disposiciones”. Sus funciones están reglamentadas por ley y su actuación se funda en los principios de informalismo, gratuidad, impulsión de oficio, sumariedad y accesibilidad. Es designado con el mismo procedimiento que para los miembros del Superior Tribunal de Justicia, gozando de las inmunidades y privilegios de los legisladores, y dura cinco años en sus funciones. Podrá ser separado solo por juicio político, y por supuesto ser reelecto.
De acuerdo con un difundido concepto, el Defensor del Pueblo, sería una “magistratura de persuasión”, y que para alcanzar tal dimensión, su figura, declaraciones, informes, exhortaciones y resoluciones deben encontrar frecuente y amplia cabida en los medios de prensa. De ello surge la importancia de los medios de comunicación como nexo entre el titular del la Defensoría y los ciudadanos. Por todo ello, “toda ocasión razonable” debe ser aprovechada para poner de relieve su figura. Tanto cuando se le presentan reclamos de repercusión colectiva como cuando, a raíz de ellos realiza diligencias o se comunica con sectores de la Administración, o cuando llega a soluciones satisfactorias.
Pero, para todo ello debe utilizar la prensa sin vanas ostentaciones ni efectismo de tipo personal. Su relación con los medios no se reduce al hecho de hacer difundir su figura, utilizando el cargo como una probable catapulta política. El titular de la institución, no tiene que ser ni oficialista ni opositor, debe ser independiente, con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Menos aún ser un órgano del gobierno de turno, ni apéndice de algún partido político, ni amortiguador de disputas políticas. Debe Ser prudente, sin llegar a ser sinónimo de complacencia con el poder.
El Defensor del Pueblo debe responder con sabiduría, actuar con prudencia y predicar su imparcialidad. Para tener éxito en su importante misión deberá ganarse la confianza de la comunidad, basado en su prestigio y en sus acciones. Si realmente logra esa confianza del pueblo formoseño, será una institución que ayudará a la administración pública en su tarea humana de tratar a los ciudadanos no como simples números estadísticos, sino como un ciudadano de carne y hueso que tiene un conjunto de derechos, entre otros de gozar de una respuesta efectiva a sus reclamos ante un órgano creado y presupuestado a tal fin. De no seguir estos simples postulados, solo nos queda ir a Ma’ Goya.

Aníbal Hardy
hardyani@arnet.com.ar

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